Política
La Justicia bonaerense suspendió por 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil
La jueza Marta Elba Pascual hizo lugar a un habeas corpus colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo.
El Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora ordenó suspender de manera preventiva por 60 días la aplicación de la Ley 27.801, que establece el nuevo Régimen Penal Juvenil y reduce la edad de imputabilidad a los 14 años, en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires. La resolución fue dictada por la jueza Marta Elba Pascual al hacer lugar a un habeas corpus preventivo colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo, tras advertir sobre la falta de infraestructura, plazas y recursos materiales en los centros de alojamiento provinciales para contener un incremento en la cantidad de menores detenidos.

En los fundamentos del fallo judicial, la jueza remarcó que los dispositivos institucionales vigentes no cumplen con las condiciones mínimas indispensables para albergar a más jóvenes y cuestionó el impacto estructural de la norma sancionada a nivel federal. Al respecto, planteó el interrogante de «si el Estado puede ampliar el universo de personas adolescentes sometidas al sistema de responsabilidad penal sin crear las condiciones materiales, institucionales y profesionales indispensables».
● JUSTICIA ● «Con esta ley, no vamos a crear más seguridad»: tras suspender el Régimen Penal Juvenil en la Provincia, la jueza Pascual explicó que lo hizo a pedido de «los hogares de Cristo» y advirtió por la falta de «medios» para poder implementarlo.
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— boga.ar (@boga_ar_) September 8, 2026
La jueza fundamentó su intervención cautelar en el principio precautorio de los derechos de niños, niñas y adolescentes, señalando que la ley aumentará de forma inmediata la privación de la libertad sin que existan las garantías correspondientes. Al justificar los plazos de la medida preventiva, sostuvo con firmeza:
«El Poder Judicial no puede esperar a que la violación de derechos se produzca para intervenir, cuando cuenta con elementos de juicio que hacen presumir razonablemente que ello sucederá».
Asimismo, Pascual advirtió sobre las consecuencias directas de la saturación penitenciaria en materia de seguridad comunitaria al afirmar que «hacinar ‘menores’, tarde o temprano incrementa los niveles de inseguridad y violencia». La magistrada puntualizó que, si bien se verificaron mejoras parciales en el mantenimiento edilicio y la provisión de servicios básicos en centros como el de Lomas de Zamora, «en modo alguno se encuentra cumplido un piso mínimo que permita afirmar que la detención no compromete la responsabilidad internacional de la Argentina».
A partir del dictamen judicial, el juzgado dispuso una audiencia informativa y convocó a las autoridades del Poder Ejecutivo bonaerense vinculadas al área de niñez y seguridad para que detallen qué programas, plazos y partidas presupuestarias proyectan implementar para adecuar el sistema socioeducativo y de encierro a las exigencias normativas.
La resolución puso en pausa operativa la normativa apenas dos días después de su entrada en vigencia formal y abrió un foco de tensión entre el enfoque punitivo impulsado por la Casa Rosada y las limitaciones operativas advertidas por los fueros judiciales provinciales.






