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Política

El Gobierno suspendió las PASO para las elecciones 2025

Este año no habrá elecciones primarias para definir candidaturas.

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PASO

El Gobierno oficializó este viernes la suspensión de las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) a nivel nacional. La decisión quedó confirmada con la publicación en el Boletín Oficial de la Ley 27.783. De esta forma, en 2025 no habrá elecciones primarias para definir candidaturas.

La ley había sido aprobada por el Congreso el 20 de febrero. Luego del trámite legislativo, fue promulgada con la firma de autoridades del Senado y Diputados. Entre ellos, Bartolomé Abdala, Martín Menem, Agustín Wenceslao Giustinian y Adrián Pagán.

Con esta medida, los partidos políticos deberán elegir a sus candidatos a través de mecanismos internos. Ya no habrá una votación previa de la ciudadanía para definir las listas. Este cambio modifica el proceso electoral tal como se venía realizando en los últimos años.

La ley establece que los plazos electorales se ajustarán a la eliminación de las PASO. Además, el sorteo de espacios en medios para la publicidad electoral se hará dentro de los dos días posteriores a la oficialización de listas. La normativa entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

La suspensión de las PASO va a impactar en la estrategia de los partidos. Sin esta instancia previa, las coaliciones van a tener que encontrar nuevas formas de consolidar liderazgos y medir fuerzas antes de las elecciones generales.

Detalles de la Ley 27.783

El artículo 1° de la ley establece la suspensión de las PASO y de todas las obligaciones emanadas de la legislación vigente referidas a su organización y realización.

En su artículo 2°, se estipula que para el proceso electoral de este año se aplicarán los plazos establecidos en el Código Electoral Nacional y la Ley 23.298, con algunas modificaciones para adecuarlos a la eliminación de las primarias. En este sentido, el texto aclara que los plazos comenzarán a contarse a partir de diez días antes de la elección general, salvo excepciones expresamente contempladas.

El artículo 3° de la normativa establece que el sorteo de espacios en medios de comunicación para la publicidad electoral se realizará dentro de los dos días siguientes a la oficialización de listas.

En su artículo 4°, se indica que la ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

Fuente: NA

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