Política
Fallo clave de la Corte: YPF tiene patrimonio propio y no integra el del Estado
El máximo tribunal resolvió que los bienes de la petrolera no se confunden con los del Estado y el fallo impacta en el litigio de Nueva York.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que el patrimonio de YPF S.A. no se confunde con el del Estado nacional, en un fallo sobre competencia judicial que tiene implicancias relevantes para la estrategia argentina en los tribunales de Estados Unidos. Por mayoría, el máximo tribunal declaró competente a la Justicia provincial de Río Negro para investigar una denuncia por usurpación de un predio perteneciente a la petrolera.
La sentencia, firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, se apoyó en el marco legal que rige a YPF tras la expropiación del 51% de sus acciones en 2012, establecida por la ley 26.741. En ese sentido, la Corte recordó que, si bien el paquete accionario mayoritario pertenece al Estado nacional y a las provincias productoras de hidrocarburos, la empresa mantiene su carácter de sociedad anónima.


El fallo destacó que la normativa vigente establece que la operación y el funcionamiento de YPF se rigen por las reglas del derecho societario y no por las que regulan la administración de empresas estatales. En esa línea, el tribunal subrayó que la petrolera posee personalidad jurídica propia y que su patrimonio no se integra al del Estado, conforme a lo dispuesto por el Código Civil y Comercial.
Sobre esa base, la Corte rechazó la tesis de que la investigación de delitos que afecten a YPF deba tramitar necesariamente en el fuero federal. Según los ministros, una eventual repercusión económica sobre el Estado, en su carácter de accionista mayoritario, es solo indirecta y no alcanza para justificar la intervención de la justicia de excepción, criterio ya sostenido en precedentes históricos del tribunal.
Aunque el fallo resolvió una cuestión de competencia interna, su alcance excede el caso concreto. La doctrina fijada refuerza la posición de la Argentina en el litigio que se tramita en Nueva York por el embargo de acciones de YPF, al reafirmar la autonomía patrimonial de la compañía y los límites legales que rigen sobre la gestión de las acciones expropiadas. La causa local quedó radicada en el Foro de Jueces de Viedma, en la provincia de Río Negro.



