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Política

El Gobierno envió al Congreso un proyecto de ley de blanqueo

El proyecto del Ministerio de Economía establece una alícuota del 5% para quienes se registren en los primeros 120 días.

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El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley de blanqueo denominado «Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado», que busca abarcar a personas humanas, sucesiones indivisas y empresas con bienes y activos financieros no declarados ante el fisco.

El proyecto establece una alícuota del 5 por ciento para aquellos que se registren en los primeros 120 días desde la entrada en vigencia de la iniciativa.

La iniciativa, elaborada por el Ministerio de Economía a cargo de Sergio Massa, fue remitida a la Cámara de Diputados para su tratamiento. Será analizada por las comisiones de Presupuesto y Hacienda, presididas por los diputados del oficialismo Carlos Heller y Alicia Aparicio.

Para que el proyecto sea aprobado en el recinto, el bloque del Frente de Todos deberá buscar acuerdos con Juntos por el Cambio debido a la paridad existente entre los dos bloques. El Frente de Todos cuenta con 118 legisladores y Juntos por el Cambio con 116, lo que hace difícil aprobar una iniciativa de esta magnitud sin consenso entre las principales fuerzas políticas.

La iniciativa surge como resultado del acuerdo firmado en diciembre pasado entre Argentina y Estados Unidos, que establece un sistema de intercambio de información tributaria para combatir la evasión fiscal.

Según los considerandos y principales artículos del proyecto, entraría en vigencia 15 días después de su publicación en el Boletín Oficial y contemplaría una alícuota especial para la exteriorización voluntaria de los bienes no registrados tanto en el país como en el exterior.

Las alícuotas aplicables serán del 5% desde la entrada en vigencia hasta transcurridos los primeros 120 días, del 10 por ciento para los bienes declarados después de dicho plazo y hasta otros 120 días, y del 20% para los bienes declarados después de ese segundo plazo y hasta transcurridos 120 días adicionales.

En el caso de bienes detectados en el exterior y no declarados, se establecerán tasas del 7,5 por ciento durante los primeros 120 días desde la sanción de la ley, del 12,5 por ciento después del vencimiento del plazo anterior y hasta 120 días más, y del 22,5 por ciento a partir de esa fecha y durante otros 120 días corridos.

El proyecto contempla un régimen simplificado con una alícuota especial del 1,5 por ciento aplicable a personas humanas que declaren la tenencia de moneda nacional y/o extranjera, siempre y cuando el monto no supere el 35 por ciento de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 períodos fiscales y no exceda los 50 mil dólares.

Para acceder al régimen, se requerirá una declaración jurada meramente informativa que detalle el monto exteriorizado.

El proyecto establece la repatriación de bienes cuando el monto ingresado al país por tenencia en moneda extranjera y los importes generados por activos financieros representen al menos un porcentaje determinado por la reglamentación del valor total de los bienes en el exterior que se declaren, siendo este porcentaje no inferior al 10 por ciento.

 

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Fuente: Télam.