Política
CABA: declararon inconstitucional el Régimen Penal Juvenil en un caso de un menor de 14 años
Una jueza sobreseyó a un adolescente imputado por tentativa de robo y calificó de «regresiva» la baja de la edad de imputabilidad.
El debate en torno a la baja de la edad de imputabilidad sumó un fallo judicial adverso a la nueva medida: la jueza porteña Laura Beatriz De Marinis, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N.º 3 de la Ciudad de Buenos Aires, declaró la inconstitucionalidad de la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil (Ley 27.801) para un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo, disponiendo su sobreseimiento definitivo.

«Medida regresiva» y falta de estructura
En los fundamentos de su sentencia, la magistrada sostuvo que atribuir responsabilidad penal a una persona de 14 años constituye una medida contraria al principio de no regresividad en materia de derechos humanos. Antes de la sanción de la flamante normativa, el marco legal impedía la persecución punitiva a menores de esa franja etaria, canalizando las intervenciones a través de los dispositivos de protección integral y asistencia comunitaria.
De Marinis advirtió además sobre la ausencia de condiciones materiales, edilicias y profesionales indispensables para albergar y tratar a jóvenes en conflicto con la ley conforme a los convenios internacionales sobre los derechos de la niñez. En su fallo, la jueza remarcó que el sistema penal debe actuar siempre como último recurso y no como la respuesta primaria frente a trayectorias de vulnerabilidad social.
El caso en cuestión se originó tras la denuncia de un transeúnte que advirtió la presencia de un grupo de jóvenes en una esquina porteña. Uno de ellos le exigió sus pertenencias al grito de «dame todo», ante lo cual la víctima escapó corriendo y dio aviso de inmediato a un efectivo de la Policía de la Ciudad, procediéndose a la aprehensión del joven de 14 años.
Al evaluar la causa, la titular del juzgado valoró que el delito quedó en grado de tentativa y no se consumó daño a la propiedad privada. Asimismo, la magistrada diferenció el alcance de su decisión: la inconstitucionalidad declarada no anula la norma de manera general en todo el territorio, sino que rige de forma estricta e individual para este expediente específico.
La respuesta de Bullrich y el debate de fondo en el país
La determinación judicial generó una inmediata réplica de la exministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, quien cuestionó el perfil de la resolución. «Hay jueces que están más preocupados por proteger a los delincuentes que por hacer justicia a las víctimas. Es muy difícil construir un país normal así. Estos jueces garantistas solo construyen impunidad», publicó la legisladora a través de sus redes sociales.
La decisión porteña se suma a la reciente pulseada procesal en la Provincia de Buenos Aires, donde cámaras de apelación revocaron medidas cautelares previas para mantener operativa la ley nacional mientras se resuelven los planteos de fondo.
El fallo en la Ciudad de Buenos Aires marca un precedente relevante para los tribunales de todo el territorio dado que obliga a las fiscalías y jueces a fundamentar caso por caso si el Estado dispone de herramientas adecuadas para juzgar a adolescentes. Asimismo, reabre la discusión sobre las partidas reales asignadas a los institutos de menores y a los equipos interdisciplinarios.






