Connect with us
http://politicaviral.ar/wp-content/uploads/2022/06/apaisado-sin-fondo-politica-viral.png

Política

La Corte Suprema apura una nueva definición sobre la Ley de Tierras

Con la designación de dos conjueces para dirimir la causa ambiental «Árbol de Pie», sel busca acelerar un fallo.

Publicado

en

Corte Suprema Reforma Laboral

Tras la controversia generada por el fallo que desestimó por cuestiones formales la presentación del Centro de Ex Combatientes de Islas Malvinas de La Plata (CECIM) sin pronunciarse sobre la validez sustancial de la norma, la Corte Suprema de Justicia de la Nación apura los tiempos procesales y acorta a 24 horas el tiempo de las partes para recusar a los conjueces sorteados para intervenir para resolver el fondo del amparo colectivo interpuesto por la asociación civil ambientalista «Árbol de Pie» contra la derogación de la Ley de Tierras.

La urgencia del máximo tribunal quedó expuesta tras el sorteo e integración formal de los camaristas Eduardo Farah y Jorge Eduardo Morán como conjueces extraordinarios del cuerpo. La intervención de ambos magistrados federales fue requerida luego de que los tres jueces naturales de la Corte —Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti— no alcanzaran la mayoría estricta de tres votos concordantes necesaria para dictar sentencia sobre la constitucionalidad del artículo 154 del mega DNU 70/2023.

La necesidad de contar con un tribunal colegiado operativo responde al interés del cuerpo por saldar la discusión jurídica de manera concluyente y evitar que persista un vacío interpretativo que afecte la seguridad jurídica en materia de inversiones y dominio territorial.

A diferencia de la causa impulsada por los veteranos de Malvinas, donde la mayoría suprema eludió expedirse sobre el fondo al desconocer la «legitimación activa» del colectivo demandante, el expediente de la ONG rionegrina reúne los estándares procesales requeridos para el control de constitucionalidad en materia ambiental y de protección de recursos naturales.

La presentación cuestiona de forma directa las atribuciones legislativas asumidas por el Poder Ejecutivo, argumentando que la eliminación de los límites a la extranjerización de inmuebles rurales en zonas de seguridad, pasos fronterizos y cuencas hídricas no cumplió con las causales de «necesidad y urgencia» consagradas en el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional. Al encontrarse acreditado el daño ambiental potencial, los magistrados deberán dictaminar si el Presidente cuenta o no con facultades extraordinarias para derogar leyes de orden público mediante decretos unilaterales.

El factor de la calle: la presión por el 15 de octubre

El apuro de los jueces de la Corte no está escindido de la dinámica política y social que rodea al Palacio de Talcahuano. En los pasillos del cuarto piso admiten que la resolución del conflicto busca anticiparse al clima de agitación que preparan las organizaciones sindicales, estudiantiles y de derechos humanos de cara a la masiva movilización programada para el próximo 15 de octubre.

La confluencia anunciada entre la marcha frente al Congreso convocada por la CGT y las dos CTA y la 5° Marcha Federal Universitaria promete articular un contundente rechazo popular contra el fallo inicial del tribunal, por lo que una sentencia de fondo que clarifique el alcance de la Ley de Tierras permitiría descomprimir la acusación de pasividad institucional que la oposición descarga sobre el tribunal.

La resolución que adopte el máximo tribunal integrado con Farah y Morán marcará un hito decisivo para el andamiaje jurídico de la administración libertaria. Para el Gobierno de Javier Milei, una ratificación plena del decreto consolidaría el esquema de atracción de capitales extranjeros en sectores estratégicos como la minería, los hidrocarburos no convencionales y el complejo forestal; por el contrario, una declaración de inconstitucionalidad sentaría un precedente adverso para el resto de las reformas desregulatorias que aún enfrentan litigios en los tribunales federales.

Continue Reading
Clic para comentar

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *