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Neuquén

La Corte Suprema analizará las condenas por la explosión en la Escuela 144 de Aguada San Roque.

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La Justicia neuquina habilitó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revise las condenas dictadas por la explosión de la Escuela 144 de Aguada San Roque, que en 2021 causó la muerte de la docente Mónica Jara y de los trabajadores Nicolás Francés y Mariano Spinedi. La decisión abre una nueva etapa en una causa emblemática para la provincia, luego de que se agotaran las instancias de revisión en el fuero local.

La tragedia ocurrió el 29 de junio de 2021, cuando una fuga de gas en el edificio escolar derivó en una explosión e incendio mientras se realizaban obras de refacción y ya se habían retomado las clases presenciales durante la pandemia. El sector afectado no había sido formalmente entregado por la empresa contratista Arte Construcciones a las autoridades educativas, lo que expuso una serie de irregularidades en el manejo de la obra pública y de las condiciones de seguridad en el establecimiento.

Por estos hechos, en 2024 y 2025 se condenó al arquitecto Diego Bulgheroni, al ingeniero Sergio Percat y a los funcionarios Raúl Capdevilla y Carlos Córdoba por estrago culposo agravado por la muerte, en concurso con administración fraudulenta en perjuicio del Estado provincial. Percat recibió 5 años de prisión efectiva, inhabilitación perpetua para cargos públicos y 10 años de inhabilitación profesional como ingeniero; Bulgheroni, 4 años y 6 meses de prisión y 8 años de inhabilitación como arquitecto; mientras que Capdevilla y Córdoba fueron sentenciados a 4 años de prisión, inhabilitación perpetua para cargos públicos y 8 años de inhabilitación como maestros mayores de obra.

Las defensas de los cuatro condenados presentaron recursos extraordinarios federales cuestionando, entre otros puntos, la congruencia entre las acusaciones originales y los fundamentos de las condenas, y alegando que ello vulneró el derecho a una revisión plena de la sentencia garantizado por la Constitución y por tratados internacionales de derechos humanos. En el caso de Capdevilla y Córdoba, se objetó que se les atribuyera en el fallo un conocimiento de la falsedad de un certificado de obra que —según sus abogados— no formaba parte de la acusación inicial, modificando los hechos y la intención que se les imputó.

Percat insistió en que la responsabilidad principal del siniestro fue del gasista fallecido, a quien la defensa acusa de manipular la instalación con el suministro de gas activo, no cortar el servicio ante la fuga y permitir el ingreso de otras personas al sector afectado. A su criterio, la condena no probó un nexo causal suficiente entre su actuación como ingeniero a cargo de la obra y la explosión, y tampoco respondió adecuadamente a sus planteos sobre el monto de la pena. Bulgheroni, por su parte, cuestionó la interpretación que hizo la Justicia de un certificado de avance de obra del 12 de marzo de 2021 —equiparado en la sentencia a una obra terminada—, la valoración de la prueba vinculada a la entonces directora del colegio, la responsabilidad de la empresa subcontratista y la proporcionalidad de la inhabilitación profesional.

El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén consideró que estos planteos tenían entidad suficiente como para habilitar la instancia federal y permitir que la Corte Suprema analice si existió arbitrariedad en los fallos anteriores, aunque aclaró que conceder los recursos no implica pronunciarse sobre la corrección o incorrección de las condenas. También subrayó el fuerte interés institucional del caso, por el impacto social que tuvo la explosión de Aguada San Roque, lo que pesó a favor de abrir la vía extraordinaria aun frente a dudas sobre el cumplimiento estricto de algunos requisitos formales.

El fiscal general José Gerez se había pronunciado en contra de conceder los recursos, al entender que las defensas no habían logrado una fundamentación autónoma suficiente, y en el caso de Bulgheroni también la querella de ATEN se opuso a la apelación. Pese a esas objeciones, el TSJ resolvió elevar los expedientes a la Corte Suprema, que ahora deberá decidir si confirma lo resuelto por la Justicia neuquina o si, en cambio, hace lugar a los planteos defensivos. En ese último supuesto, el máximo tribunal podría ordenar que la causa vuelva a Neuquén para que una Sala Penal integrada por jueces distintos a los que intervinieron hasta ahora emita un nuevo pronunciamiento sobre responsabilidad y penas.

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