boca de pozo
🔴 URGENTE | Un alivio judicial para Gloria Ruiz
A días de las elecciones, un Tribunal de Revisión falló por el embargo de sus bienes.
La exvicegobernadora de Neuquén -suspendida por inhabilidad moral-y actual candidata a diputada nacional, Gloria Ruiz por Desarrollo Ciudadano, consiguió un primer alivio judicial a días de las elecciones. El Tribunal de Revisión resolvió revocar parcialmente la inhibición general de bienes que había dictado el juez de garantías Lucas Yancarelli el pasado 17 de octubre.
La medida, que había sido solicitada por la fiscalía de Delitos Económicos, alcanzaba a Ruiz, su hermano Pablo Ruiz y dos exfuncionarias de la Legislatura provincial, por un monto total estimado en $246 millones.
Las defensas de Ruiz y de una de las funcionarias impugnaron la resolución, asegurando que el juez actuó de manera arbitraria, sin una base contable cierta y con un alcance que superaba lo pedido por la fiscalía.

Los jueces Marco Lupica Cristo, Juan Pablo Encina y la jueza Carolina García del Tribunal de Revisión sobre el caso Gloria Ruiz.
Sostuvieron además que la inhibición general era improcedente, porque el magistrado no justificó por qué no podían aplicarse embargos sobre bienes determinados, y porque el monto fijado no surgía de ninguna pericia contable, sino de un cálculo “estimativo” realizado por el propio juez.
Gloria Ruiz: qué pasa con sus bienes
También advirtieron que la medida afectaba bienes inembargables, como cuentas previsionales y jubilatorias, e ignoraba la situación patrimonial individual de cada imputado.
El Tribunal de Revisión, integrado por los jueces Marco Lupica Cristo, Juan Pablo Encina y la jueza Carolina García, coincidió en buena parte con los argumentos de las defensas y resolvió revocar parcialmente la medida cautelar.
En su fallo, los magistrados sostuvieron que una inhibición general sólo puede aplicarse sobre bienes registrables y que, cuando existen bienes específicos, debe optarse por el embargo concreto y fundado, no por una inhibición total y abstracta.
“El juez de garantías no explicitó por qué no se pueden embargar bienes determinados en este caso, y sólo se limitó a fundamentar que el embargo no alcanzaba, sin desarrollar el motivo”, señaló el Tribunal.

Gloria Ruiz en los tiempos de buenas con Rolando Figueroa.

Además, remarcaron que Yancarelli no se apoyó en una pericia contable ni en documentación técnica para establecer el monto cautelado, sino que fijó una cifra sin fundamento económico preciso, violando los principios de proporcionalidad y razonabilidad.
El Tribunal también observó que la inhibición se había aplicado “de manera genérica”, sin diferenciar la situación patrimonial de cada imputado ni verificar si los bienes alcanzados excedían el monto que la fiscalía pretendía cautelar.
En ese sentido, los jueces concluyeron que la resolución de Yancarelli fue arbitraria, al imponer una medida amplia que afectó incluso derechos constitucionalmente protegidos, como el acceso a haberes jubilatorios.
Por eso, revocaron parcialmente la disposición del juez de garantías en la parte dispositiva de la medida cautelar, limitando su alcance y ordenando que, en adelante, cualquier afectación patrimonial se disponga sobre bienes determinados y por montos concretos.
Contexto del caso de Gloria Ruiz
La causa penal —bajo el legajo 327665— investiga presuntos delitos de enriquecimiento ilícito y administración fraudulenta durante la gestión de Gloria Ruiz al frente de la Legislatura neuquina.
Entre los hechos cuestionados figuran la compra de una camioneta Toyota SW4 4×4 por más de $76 millones, cuyo valor actual supera los $110 millones, contrataciones directas con la agencia Big Sur Marketing por alrededor de $67 millones y supuestas irregularidades en la designación de personal y contrataciones con fondos públicos.
La fiscalía imputó a la exvicegobernadora y a su entorno por maniobras que habrían generado un perjuicio económico al Estado provincial. El juez Yancarelli dio por formulados los cargos y estableció cuatro meses de investigación.
La decisión del Tribunal marca un revés para el fiscal equipo de Delitos Económicos y un respiro político para Gloria Ruiz, quien actualmente encabeza una candidatura nacional pese a enfrentar una causa por corrupción.También representa un llamado de atención a los jueces de garantías sobre el uso indiscriminado de medidas cautelares patrimoniales sin sustento técnico.
De ahora en más, el Ministerio Público deberá fundamentar con precisión cada embargo o inhibición que solicite, en función de bienes identificados y con respaldo contable.



