Política
El Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral: cómo funcionará el sistema de indemnizaciones
El Ejecutivo oficializó la creación del esquema que permitirá sustituir el pago tradicional de indemnizaciones.
A través del Decreto 408/2026, el Gobierno nacional publicó este lunes en el Boletín Oficial la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un eje central de la Reforma Laboral aprobada a principios de año. El decreto establece que el sistema entrará en vigor el próximo 1 de noviembre de 2026 y ordena a los empleadores del sector privado abrir cuentas individuales para garantizar el pago de las obligaciones indemnizatorias ante una eventual desvinculación.
El funcionamiento del FAL se basa en aportes mensuales realizados por el empleador, los cuales serán administrados por fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Estas cuentas individuales se definen como un patrimonio «separado, independiente, inenajenable e inembargable», con el objetivo de asegurar que los fondos estén disponibles exclusivamente para cubrir las indemnizaciones, preavisos y otros conceptos previstos en la Ley de Contrato de Trabajo.

Desde el Gobierno afirman que el sistema no elimina el régimen indemnizatorio vigente, sino que ofrece una alternativa financiera para su cumplimiento. Si bien el empleador sigue siendo el responsable legal de pagar la totalidad de lo que corresponde por ley, el FAL permite que ese costo se prorratee en el tiempo mediante contribuciones periódicas, las cuales estarán exentas del impuesto a los créditos y débitos bancarios y, bajo ciertas condiciones, permitirán una reducción de las contribuciones patronales.
Para implementar el esquema, cada empresa deberá obtener un identificador único denominado «ID FAL» e informarlo a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que se encargará de derivar los fondos a la cuenta correspondiente. En caso de que el empleador no realice los aportes o el fondo resulte insuficiente para cubrir la indemnización al momento del despido, el empleador deberá cubrir la diferencia de su propio patrimonio, manteniendo así la protección del trabajador ante situaciones adversas del mercado laboral.
La medida abarca a todo el sector privado, quedando excluidos los trabajadores del ámbito público y aquellos vínculos no registrados. Además, el decreto establece que las entidades financieras y los organismos estatales deberán dictar normas complementarias en los próximos meses para asegurar la operatividad del sistema, que busca dotar de mayor previsibilidad financiera a las empresas y reducir la litigiosidad asociada a los despidos.



