Política
Milei deja de compensar los pasajes gratuitos y traslada el costo a las empresas de larga distancia
El Gobierno eliminó el esquema que financiaba parcialmente los boletos sin cargo para personas con discapacidad, trasplantados y menores con cáncer.
El Gobierno nacional decidió dejar de financiar los pasajes gratuitos en micros de larga distancia para personas con discapacidad, personas trasplantadas o en lista de espera y menores con cáncer. La medida fue oficializada por la Secretaría de Transporte mediante la Resolución 28/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial.
La decisión no elimina el derecho de los usuarios a viajar sin cargo, pero modifica un punto central del sistema: el Estado deja de compensar económicamente a las empresas por los boletos gratuitos emitidos por ley. Desde ahora, las compañías de transporte interjurisdiccional deberán absorber ese costo dentro de su operación comercial.

La resolución derogó las normas que establecían el régimen de compensaciones económicas para las empresas de micros de larga distancia por los pasajes gratuitos otorgados en el marco de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674. Esas leyes garantizan el acceso sin cargo al transporte para personas con discapacidad, personas trasplantadas o inscriptas en lista de espera del SINTRA y niños, niñas y adolescentes con cáncer.
El argumento oficial: libertad tarifaria y menos intervención estatal
En los considerandos de la resolución, el Ejecutivo sostuvo que el esquema de compensaciones había nacido en un contexto de emergencia y dentro de un modelo de fuerte regulación estatal sobre las tarifas. Según Transporte, ese marco limitaba la posibilidad de las empresas de fijar libremente sus precios.
El Gobierno vinculó la eliminación del financiamiento estatal con la desregulación del transporte automotor interjurisdiccional aprobada por el Decreto 883/2024. Esa norma estableció un régimen basado en la libertad tarifaria, la simplificación normativa y la promoción de la competencia, con mayor margen para que las empresas definan precios, recorridos, horarios y modalidades de servicio.
Con ese cambio de paradigma, la Secretaría de Transporte afirmó que las compañías tienen ahora capacidad para “internalizar” dentro de su estructura de costos las obligaciones legales de la actividad. En otras palabras: como ya no existen bandas tarifarias impuestas por el Estado, el Gobierno considera que las empresas pueden trasladar o absorber el costo de los pasajes gratuitos sin necesidad de recibir compensaciones públicas. En otras palabras, el gobierno invita a las empresas a descargar el costo sobre los otros pasajeros.
El derecho sigue vigente, pero cambia quién paga
La resolución aclara que la gratuidad para los usuarios permanece “plenamente vigente y exigible” frente a los transportistas. Por eso, las personas alcanzadas por las leyes de discapacidad, trasplantes y oncología infantil mantienen el derecho a solicitar pasajes sin cargo en los servicios de larga distancia de jurisdicción nacional.
Ese punto es clave para entender el alcance de la medida. El Gobierno no derogó la gratuidad, pero sí eliminó el mecanismo de financiamiento estatal que buscaba compensar parcialmente a las empresas por cumplir con esa obligación. La propia resolución señala que el impacto económico de la decisión se limita a la relación financiera entre el Estado y los operadores privados.
La medida forma parte de la lógica general de la administración de Javier Milei: reducir subsidios, desarmar esquemas de intervención estatal y trasladar responsabilidades económicas al sector privado. En este caso, el recorte se produce sobre un régimen sensible, vinculado al acceso al transporte de personas que muchas veces deben viajar por tratamientos médicos, controles, trámites o acompañamiento familiar.



