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boca de pozo

La Corte salió a explicar su propio fallo sobre Tierras y se quejó de los «discursos de odio» en las redes

El máximo tribunal aclaró que solo resolvió un aspecto procesal y que la constitucionalidad del DNU 70/2023 sigue sin definirse.

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Corte Suprema Reforma Laboral

Veinticuatro horas después de que su fallo en la causa «CECIM c. Gobierno Nacional» desatara una tormenta política, la Corte Suprema de Justicia de la Nación tomó la inusual decisión de salir a explicarle a la opinión pública lo que había resuelto y, de paso, llamar a la calma. Lo hizo con un comunicado que reprendió los «discursos de odio y descalificación» surgidos en redes sociales, reivindicó su historial en materia ambiental y trazó una distinción con la que pretendió abrirle una ventana al debate jurídico de la ley de tierras.

Qué dijo la Corte que dijo

El tribunal aclaró que en el caso «solo se decidió un aspecto procesal»: el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata carecía de legitimación para obtener una medida cautelar en defensa de lo que la Corte consideró que no constituye un derecho de incidencia colectiva en los términos del artículo 43 de la Constitución. No había, en términos técnicos, un «caso» o «controversia» judicial.

Esa distinción importa porque la reacción política del día anterior, caracterizada por Axel Kicillof como «el fallo de la infamia», leyó la sentencia como un aval a la política de tierras de Milei. Incluso desde el oficialismo, Alejandro Fantino interpretó el fallo como un respaldo al gobierno y una lectura política de una Corte que interpreta un horizonte de continuidad después de las elecciones del año que vine.

Pero, tal vez incómoda por encontrarse en el centro de la escena, la Corte salió a decir otra cosa: «La controversia sobre el artículo 154 del DNU 70/2023 y la vigencia de la ley 26.737 no fue resuelta en este expediente.» Y fue más lejos: «No puede interpretarse que exista una posición del tribunal o de sus ministros sobre el régimen».

El tribunal anticipó que se expedirá sobre la constitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras Rurales cuando lleguen los reclamos correspondientes, algo que, según indicó, todavía no ocurrió en forma adecuada. Casi una invitación a que alguien más presente una demanda.

La ventana que abrieron los cortesanos

El comunicado contiene varios mensajes en paralelo. Primero, que el fallo «se ajusta estrictamente a todos los precedentes» del tribunal y no afecta otras medidas cautelares con el mismo objeto que siguen en trámite ante distintos jueces. Segundo, que cualquier persona que considere inconstitucional la derogación puede solicitar una medida cautelar ante el juez competente. Tercero, que la sentencia «no obstaculiza la actuación del Congreso» en el tratamiento del artículo 154 del DNU, y recordó que el Senado ya rechazó esa norma el 14 de marzo de 2024 y que la Cámara de Diputados la sigue examinando.

En síntesis: la vía judicial sigue abierta para otros actores con legitimación suficiente y la vía legislativa también. Una declaración ambigua porque bien saben los togados del máximo tribunal que si la Cámara de Diputados quiere hacer algo con la derogación de la Ley de Tierras tiene que hacerlo con el mega DNU entero, que contiene una agenda muy amplia sobre la cual difícilmente la oposición logre una mayoría. Sin embargo, el Congreso si se pronunció puntualmente sobre la ley de Tierras cuando obligó al oficialismo a retirar un proyecto en línea con el decreto.

Por otra parte, ya hay una presentación en la Corte sobre el DNU en cuestión, pero los supremos no lo resuelven.

La Corte le habla a la política

El párrafo más revelador del comunicado no es jurídico sino político: «Los grupos de interés que presionan sobre el tema también pueden recurrir al reclamo judicial, lo que, en una democracia, es más adecuado que la promoción de discursos de odio y descalificación en las redes sociales».

La frase va dirigida a quienes reaccionaron con dureza. El CECIM había dicho que el fallo «puso a la Argentina en venta» y que resolvió «el problema político de Milei». Kicillof habló de infamia y entrega territorial. La Corte les responde que si tienen legitimación, que vayan a los tribunales.

El tribunal también reivindicó su «liderazgo» histórico en la protección de recursos naturales y el ambiente.

Los efectos prácticos del fallo

Más allá de la aclaración, el resultado inmediato del fallo no cambió: la derogación de la Ley 26.737 que establecía que los extranjeros no podían poseer más del 15% del suelo rural argentino sigue vigente. La Corte no la restituyó. Solo cerró esta puerta procesal y dejó otras abiertas.

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El CECIM, que llegó a este expediente con la historia de los caídos en Malvinas como argumento central de su legitimación, resumió la paradoja en una frase que el comunicado de la Corte no desmintió: «Para esta Corte, podemos morir en defensa de la soberanía, pero no acudir a un tribunal».

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